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Derecho civil

He heredado y no sé por dónde empezar: la guía en seis pasos

Una herencia llega siempre en un mal momento y con mucho papeleo que nadie te ha explicado. Este es el orden en el que se hacen las cosas.

1. Certificado de defunción

Se pide en el Registro Civil. Es el documento del que depende todo lo demás.

2. Certificados de últimas voluntades y de seguros

Se solicitan al Ministerio de Justicia una vez pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento. El de últimas voluntades dice si la persona hizo testamento y ante qué notario. El de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento dice si tenía algún seguro de vida o de decesos a favor de alguien.

3. Testamento o declaración de herederos

Si hay testamento, se pide una copia autorizada al notario que lo custodia. Si no lo hay, hay que tramitar una declaración de herederos ante notario, que es un paso adicional.

4. Inventario de bienes y deudas

Aquí conviene ir con calma: hay que reunir escrituras, saldos bancarios, seguros, vehículos y también las deudas. Una herencia se acepta o se rechaza entera, con todo lo que tiene. Si hay dudas sobre si las deudas superan a los bienes, se puede aceptar a beneficio de inventario, de modo que las deudas sólo se pagan con lo heredado y no con tu patrimonio.

5. Aceptación y reparto

La aceptación y el reparto de los bienes (la adjudicación) se firman normalmente en una escritura ante notario. Si hay varios herederos y no hay acuerdo, es donde suelen aparecer los conflictos. Después hay que inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad y cambiar la titularidad de cuentas y vehículos.

6. Impuestos

El impuesto de sucesiones se presenta en los seis meses siguientes al fallecimiento. Ese plazo se puede prorrogar otros seis meses si se pide dentro de los cinco primeros, aunque durante la prórroga se pagan intereses de demora. Si en la herencia hay inmuebles urbanos, también hay que presentar en el ayuntamiento la plusvalía municipal, con un plazo de seis meses prorrogable hasta un año.

Aunque por las reducciones y bonificaciones el impuesto salga a pagar poco o nada, hay que presentarlo igualmente dentro de plazo.

El error más caro

Dejar pasar los seis meses sin presentar el impuesto ni pedir la prórroga. Los recargos por presentarlo tarde se calculan sobre una cuota que puede ser alta, y es un dinero que se habría evitado con una solicitud presentada a tiempo.


Este artículo es información general y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto. Nos encargamos del trámite completo con presupuesto cerrado.

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