Derecho Laboral
Abogados laboralistas en Torrent
Asesoramos a trabajadores y a empresas en conflictos laborales, buscando la solución más rápida y favorable para cada caso.
¿Es tu caso?
Situaciones por las que nos suelen llamar.
- Te han despedido y quieres saber si es improcedente
- La empresa te debe nóminas, horas o el finiquito
- Te ofrecen una salida y no sabes si aceptarla
- Eres empresa y necesitas tomar una decisión laboral sin riesgos
Si te suena alguna, cuéntanos tu caso.
Qué conviene traer a la primera consulta
- La carta de despido o la comunicación de la empresa
- El contrato de trabajo y las últimas nóminas
- El finiquito, si te lo han dado (firmado o no)
- Tu informe de vida laboral, que se descarga en la web de la Seguridad Social
Si no tienes todo, no pasa nada: ven igualmente.
Qué hacemos
Servicios de derecho laboral
Despidos, reclamaciones salariales y asesoramiento a empresas y trabajadores.
- Despidos improcedentes y nulos
- Reclamaciones de cantidad y salarios
- Negociación de salidas pactadas
- Expedientes de regulación de empleo (ERE y ERTE)
- Asesoramiento laboral continuo para empresas
Cómo trabajamos
Tres pasos, cero sorpresas.
Nos cuentas tu caso
Por teléfono o por email. Escuchamos tu caso y te decimos con franqueza si hay algo que hacer.
Estudiamos y te damos un presupuesto cerrado
Analizamos la documentación, valoramos las opciones reales y te presentamos una estrategia con un precio cerrado antes de empezar.
Nos ocupamos y te mantenemos informado
Llevamos el asunto de principio a fin con el mismo abogado y te contamos cada avance en un lenguaje que se entiende.
Dudas habituales
Preguntas frecuentes sobre derecho laboral
Respuestas generales: cada caso tiene sus matices, así que conviene estudiarlo en concreto.
Me han despedido, ¿cuánto tiempo tengo para reclamar?
Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al despido. Es un plazo de caducidad: si se pasa, se pierde el derecho a impugnarlo. Presentar la papeleta de conciliación lo suspende, y el cómputo se reanuda al día siguiente del acto de conciliación o a los 15 días si no se ha celebrado. Conviene consultarlo en los primeros días, no en el último.
¿Qué diferencia hay entre despido procedente, improcedente y nulo?
Es procedente cuando la empresa acredita la causa: en un despido disciplinario no hay indemnización y en uno objetivo se cobran 20 días de salario por año trabajado. Es improcedente cuando no la acredita: por regla general, la empresa elige entre readmitirte o indemnizarte con 33 días de salario por año trabajado. Es nulo cuando vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas por la ley, como el embarazo o los permisos por cuidado de hijos, y obliga a readmitir. Revisar la carta de despido es el primer paso para saber en cuál estás.
¿Tengo que ir a juicio para cobrar?
No siempre. Muchos asuntos laborales se cierran en el acto de conciliación previo, sin llegar a juicio. Preparamos ese acto con la misma seriedad que una vista, porque es donde se resuelven muchos casos.
¿Tienes un asunto de derecho laboral?
Cuéntanos qué ha pasado y te decimos si hay algo que hacer y qué coste tendría.
Contacto
Cuéntanos tu caso de derecho laboral.
Llámanos o escríbenos y cuéntanos brevemente qué ha pasado. Te decimos si hay algo que hacer y qué coste tendría antes de que decidas nada.
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